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Valorización

 
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Fundamentos legales

Acuerdo 7 de 1987 Estatuto Distrital de Valorización

    • Definió la valorización y al IDU como responsable de su manejo.
    • Reguló la ordenación y ejecución de las obras.
    • Definió y reguló la Zona de Influencia.
    • Reguló la participación de la comunidad a través de los representantes de los propietarios y poseedores.
    • Estableció el marco legal para la Distribución de la contribución: Métodos y aprobación del monto.
    • Estableció la regulación para el procedimiento jurídico en caso de la asignación de la contribución, recursos, exigibilidad de la contribución, algunos aspecto financieros aún vigentes.

Acuerdo 7 de 1987 (PDF).
Proyecto Modificación del Acuerdo 7 (ZIP).

Acuerdo 6 de 1990

    • Adopta el Estatuto para el Ordenamiento Físico de Bogotá, vigente antes del P.O.T. decreto 619 de 2000.

Acuerdo 6 de 1990 (PDF).

Acuerdo 23 de 1995

Por el cual se autoriza el cobro de la Valorización por Beneficio Local para el conjunto de obras viales adelantadas en Ciudad Salitre y se modifican unos artículos del Acuerdo 7 de 1987.

Acuerdo 23 de 1995 (PDF - 25K). 

Acuerdo 25 de 1995 Valorización por Beneficio Local

    • Se autorizó el cobro de Valorización por Beneficio Local para un conjunto de obras del Plan de Desarrollo "Formar Ciudad".
    • Ordenó la construcción de 44 obras agrupadas en ocho (8) ejes viales.
    • Aprobó un Monto Distribuible de $321.271 millones.
    • Ratificó lo aprobado en el Acuerdo 7/87 sobre el cobro de faltantes o devolución de sobrantes una vez concluidas las obras, mediante un balance final.
    • Delimitó las Zonas de Influencia para los ocho (8) ejes.
    • Estableció para la Distribución el "Método de los Factores de Beneficio".
    • Para la distribución de la contribución ordenó tener en cuenta el Estrato vigente a la fecha de la aprobación del acuerdo (Dic. 21/95).

Acuerdo 25 de 1995 (PDF). - Documento digital (PDF). - Anexos (PDF).

Acuerdo 9 de 1998 Modifica el Acuerdo 25 de 1995

    • Disminuyó el número de obras a financiar con valorización en el eje.
    • Excluyo las obras complementarias (Se financiarán con recursos distintos a valorización)
      Incorporó el tramo de la Av. Ciudad de Cali desde Av. 1o. Mayo - Av. Bosa.
    • Estableció cambios en valor de las obras, costo de administración del recaudo y valor máximo a cobrar por concepto de faltantes.

Acuerdo 9 de 1998 (PDF). - Documento digital (PDF).

Acuerdo 8 de 2000 Modifica los artículos 93, 95, 96 y 105 del Acuerdo 7 de 1987, que tratan sobre:

    • Intereses de financiación.
    • Intereses de mora.
    • Facilidades de pago.
    • Pago de contado, por cuotas o en bienes inmuebles.

Acuerdo 8 de 2000 (PDF). - Documento digital (PDF).

Acuerdo 45 de 2001

    • Modifica el inciso 2º del artículo 3º del Acuerdo 8 de 2000.

Acuerdo 45 de 2001 (PDF). - Documento digital (PDF).

Acuerdo 48 de 2001

    • Le permitió al IDU cobrar de inmediato $128.647.079.325.
    • Modificó el monto distribuible establecido por el Acuerdo 9 de 1998 y lo definió en $449.918.079.235.
    • Obtuvo los recursos necesarios para culminar las obras oportunamente.
    • Evitó el traslado de costos financieros a los contribuyentes.
    • Aseguró una certera fuente de financiación dada la situación fiscal del distrito.
    • Aclaró la financiación de los faltantes.
    • Aseguró el seguimiento al Cronograma de ejecución de obras.

Acuerdo 48 de 2001 (PDF). - Documento digital (PDF). 

Acuerdo 97 de 2003

    • Modifica parcialmente el Anexo 1 del artículo 1º del Acuerdo 25 de 1995.

Resolución por la cual se fijan los procedimientos para el cobro de la diferencia a que se refiere el artículo 1º del Acuerdo 48 de 2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 8º del Acuerdo 25 de 1995. (ZIP) Descargar resolución 

Principales aspectos

    • No hay cobros adicionales.
    • Concluidas las obras se procederá a la liquidación de los costos definitivos y se elaborará el balance que consigne las diferencias con el valor fijado como monto distribuible.
    • Por tratarse de una Valorización Parcial, los costos de las obras que excedan el valor del monto distribuible deberán ser asumidos con recursos diferentes a los de valorización.
    • Si existen excedentes, corresponderá al Director General del IDU autorizar su devolución.


Acuerdo 179 de 2005

Por medio del cual se ordena la devolución y compensación de los saldos cuenta por concepto de valorización y se dictan unas disposiciones en esa materia. (PDF - 22K)  Descargar acuerdo

Saldos crédito a favor de los contribuyentes.

Ley 388 de 1997

Por la cual se modifica la Ley 9ª de 1989, y la Ley 3ª de 1991 y se dictan otras disposiciones.

Ley 388 de 1997 (PDF - 282K). 


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