Dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 9 de la Ley 1474 de 2011 Estatuto Anticorrupción, que establece que “El jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno deberá publicar cada cuatro (4) meses en la página Web de la entidad, un informe pormenorizado del estado del control interno de dicha entidad”. A continuación se publican los informes correspondientes.