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Espacios Públicos para el desarrollo de Eventos Temporales

ADMINISTRACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO
(Plazas, Plazoletas, Andenes y Alamedas)

Los requisitos exigidos para el desarrollo de un evento temporal o la ocupación del espacio público, se debe ceñir conforme a lo establecido en las normas legales vigentes Decreto 463/03.

Los requisitos necesarios para solicitar un espacio público, son los siguientes:

  • Radicar la solicitud con los requisitos completos mediante escrito radicado ante el Instituto de Desarrollo Urbano con 30 días de anticipación a la realización del evento.
  • Memoria Descriptiva del Evento. Esta debe explicar detalladamente el evento temporal, explicando las actividades a desarrollar, el horario y fechas propuestas de inicio y terminación.
  • Registro Fotográfico. Este debe registrar claramente el estado en que se encontraba el espacio público a utilizar, antes del desarrollo del evento temporal.
  • Plano Escala 1:100, el cual deberá contener:

    a) Ubicación del evento sobre el espacio público.
    b) Propuesta de ocupación en el espacio público durante el desarrollo de este, señalando:

    1. Planta de ubicación espacial del mobiliario urbano a utilizarse.
    2. Propuesta de circulación peatonal, que contemple un ancho mínimo de dos punto diez (2.10) metros.
    3. Localización de los servicios sanitarios públicos. (si se requiere).
    4. Propuesta de manejo de residuos sólidos, en que se localicen el personal, el equipo y los sitios de recolección.
    5. Especificar el número de metros cuadrados de espacio público que se utilizarán para el desarrollo del evento temporal.

En esta propuesta se deberá garantizar el acceso a los espacios públicos por parte de las personas con movilidad reducida, o cuya capacidad de orientación se encuentre disminuida por edad, analfabetismo, incapacidad o enfermedad.

Así mismo, para la solicitud de uso sobre vías públicas y estacionamiento de vehículos, el requerimiento debe ser dirigido a la Secretaria de Tránsito y Transporte-STT, Entidad competente en el tema.

La administración actual del Distrito Capital de Bogotá, a través del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas: “Bogotá Sin Indiferencia, un Compromiso contra la Pobreza y la Exclusión”, asumió el compromiso de darle un tratamiento de inclusión económica y social a la problemática de los vendedores informales que ejercen sus actividades en el espacio público, dando así cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional T.772 del 2003.

Por ello el Plan dispuso, dentro de sus ejes fundamentales, adelantar acciones encaminadas a lograr la reconciliación y la armonización entre la protección del espacio público y el derecho al trabajo a los grupos de vendedores informales, mediante la preparación y presentación de alternativas económicas, incluyentes y sostenibles, y el desarrollo de una institucionalidad pública y la promoción de la organización de los vendedores que fomente la reconciliación, la solidaridad, la inclusión económica, la formación empresarial, la participación ciudadana, la convivencia y el disfrute pleno de los derechos fundamentales, sobre todo por parte de estos sectores más vulnerables de la población.

Así mismo, en el marco del cumplimiento de los objetivos propuestos por el Decreto 098 del 12 de abril de 2004 “Por el cual se dictan disposiciones en relación con la preservación del espacio público y su armonización con los derechos de los vendedores informales que lo ocupan” Artículo. 5. “Tendrá como objetivo recomendar al Gobierno Distrital la adopción de políticas y programas integrales que permitan dar alternativas de solución a la situación de los vendedores informales en la ciudad, en el marco de la política de Espacio Público”.

Haciendo énfasis en la misión del IDU “Ejecutar proyectos de infraestructura física y acciones de mantenimiento y mejoramiento, para que los habitantes de Bogotá se movilicen de manera adecuada, disfruten del espacio público, mejoren su calidad de vida y se alcance el desarrollo sostenible. Se tendrá como base el respeto al ciudadano y se implementarán mecanismos de participación orientados a generar un sentido de pertenencia”.

Siendo esta una entidad ejecutora de obra se encuentra comprometida con la problemática actual de vendedores informales y ha realizado convenios de cooperación con el Fondo de Ventas Populares, con el fin de apoyar su labor misional de reubicación de los vendedores ambulantes, todo esto bajo la normativa del decreto 463 de 2003, “Por el cual se reglamentan la administración, el mantenimiento y el aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales en Bogotá, D.C.”, establece la facultad del Instituto de Desarrollo Urbano para otorgar permisos o suscribir contratos que tengan como fin organizar, promocionar, utilizar, regular, conservar, rehabilitar, dotar, reivindicar, restituir, recuperar, mantener y aprovechar económicamente el espacio público del Distrito Capital.

 

Eventos Temporales

LISTADO ZONAS DE ESPACIO PÚBLICO PARA EVENTOS TEMPORALES

Para ver las fichas informativas, dé click sobre la Plaza de su preferencia.

No.
LOCALIDAD
UBICACIÓN
DESCRIPCIÓN
1 USAQUÉN CALLE 118-119 ENTRE CRA 6ª Y 7A PLAZA DE USAQUÉN
2 USAQUÉN CALLE 104A CON CRA.15 BAHIA CERRADA
3 CHAPINERO CALLE 85 CON CRA 15 (COST. OCCID). TAPA DE ESTACIONAMIENTO-CARULLA
4 CHAPINERO CALLE 82 ENTRE CRA.12 Y 13 ZONA T
5 CHAPINERO CALLE 91 CON CRA.15 (COSTADO OCCID) TAPA DE ESTACIONAMIENTO
6 CHAPINERO CALLE 97 CON CRA.15 PARK 97- TAPA DE ESTACIONAMIENTO
7 CHAPINERO CALLE 78 CON CRA.16 UNILAGO- TAPA DE ESTACIONAMIENTO
8 CHAPINERO CALLE 63 CON CRA.11 PLAZA DE LOURDES
9 SUBA CALLE 143 CON CRA.90 PLAZA PRINCIPAL DE SUBA
10 SANTAFE CALLE 26 ENTRE CRA.7ª Y 8ª SEPARADOR CENTRAL-PILA DEL MONO
11 SANTAFE CALLE 20 ENTRE CRA.7ª Y 8ª PLAZOLETA CALDAS
12 SANTAFE CALLE 26 ENTRE CRA.7 Y 10 PLAZOLETA DE LA REBECA
13 SANTAFE AV.JIMÉNEZ ENTRE CRA.10ª Y 9ª PLAZA SAN VICTORINO
14 SANTAFE AV.JIMÉNEZ ENTRE CRA.4ª Y 5ª PARQUE DE LOS PERIODISTAS
15 ENGATIVÁ CALLE 70-71 ENTRE CRA.73 A Y 74 A PARQUE PRINCIPAL DE ENGATIVA
16 ENGATIVÁ CALLE 84 CON CRA.73 PLAZA MINUTO DE DIOS
17 MÁRTIRES CALLE 10-11 ENTRE CRA.13 Y 15 PARQUE DE LOS MARTIRES
18 BOSA CALLE 60 SUR CON CRA.80 H PLAZA PRINCIPAL DE BOSA
19 KENNEDY TRANS.92 CON CALLE 82 PLAZA QUIRIGUA
20 KENNEDY CALLE 38 SUR CON CARRERA 76 PLAZA DE LA MACARENA
21 FONTIBÓN CALLE 25 CON CRA.99 PLAZA PRINCIPAL DE FONTIBÓN

 


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