Dirección Técnica
Legal y Dirección Técnica Financiera
Más Información en el teléfono
: 3386660 Ext. 1300
Información General
Para qué sirve: La valorización
es un gravámen real sobre las propiedades inmuebles,
sujeta a registro, destinado a la construcción
de una obra, plan o conjunto de obras de interés
público, que se impone a los propietarios o poseedores
de aquellos bienes inmuebles que se beneficien con la
ejecución de las obras de interés público
local. Por esta razón, la Entidad dicta una resolución
de asignación de valorización, que se
publica en prensa. Los interesados deben presentarse
a notificarse, puesto que de lo contrario se entienden
notificados por edicto. Dentro del plazo de la notificación,
los interesados tienen la posibilidad de interponer
recursos de vía gubernativa.
Información de Apoyo: Cada cobro de valorización depende de un acuerdo
del Concejo de Bogotá para su liquidación.
Si desea actualizar el nombre del propietario, dirección
de entrega, matrícula inmobiliaria o cédula
catastral puede acercarse a las instalaciones del IDU
al primer piso con la escritura pública y/o certificado
de tradición y libertad vigente.
Si requiere Certificado de Estado de Cuenta para trámites
notariales debe cancelar la totalidad de la contribución.
Opciones de pago:
1. De contado ( 3 fechas, 1 mensual). Si la persona
paga todo con el primer vencimiento, le hacen un descuento
de 15% del total del impuesto o le hacen un 15% de descuento
sobre el 50% del total, y le dan la opción de
pagar lo restante, en máximo dos cuotas. Con
el segundo vencimiento, se hace un descuento del 10%
del total o 10% del 50% restante y por último,
en la tercera fecha de vencimiento, no hay descuentos.
2. Por cuotas: En la primera fecha, cada cuota, hasta
24 de mínimo, $12.000 pesos cada una. Se cobra
un interés de financiación. Dejar vencer
tres cuotas, obliga a ponerse al día en la cuarta
cuota. De lo contrario, pierde la opción de pagar
por cuotas y se hace exigible toda la deuda. El impuesto
se paga en los bancos autorizados o en la tesorería
de la Entidad con tarjeta de crédito.
Formas de pago:
- Efectivo: Acérquese a los bancos autorizados:
Banco de Bogotá ( cta# 035-04676-2); Citibank
( cta# 0020933038); Occidente (cta# 250-03964-1).
- Cheque: Este debe ser de gerencia o personal de la
misma entidad financiera y girarlo a nombre del banco
recaudador autorizado seguido de un guión y el
IDU. Debe escribir al respaldo sus datos personales,
la dirección del predio por el cual paga y el
número de la factura de cobro.
- Tarjeta de Crédito: Tesorería del IDU
(Diners, Credencial y Credibanco).
Quién puede realizarlo: Este
trámite puede ser realizado por cualquier persona
o el interesado. No se requiere el uso de un poder y/o
autorización.
Cómo se puede realizar: Este
trámite puede realizarse:
· Mediante presentación personal.
· Puede realizar este trámite vía
telefónica al 3386660 Ext.1300.
Forma de entrega de la respuesta: Los
resultados del trámite se entregan personalmente
a quién realizó el trámite.
Como Respuesta Usted Recibe: Un Certificado
de Estado de Cuenta.
Tiempo de respuesta: Inmediato.
Puntos de atención:
Instituto de Desarrollo Urbano IDU (Sede Principal)
Dirección: calle 22 # 6 –27
Teléfonos: 3534453 - 3386660 Atención
al Cliente Línea Gratuita: 01-8000-910312 - 3387555
– 3412214
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m., Ventanillas
de 7:00 a.m. a 5:30 p.m.
Pasos: La Entidad
dicta una resolución de asignación de
valorización. Dicha resolución se publica
en prensa. Los afectados se deben presentar a notificarse
o de lo contrario, se entienden notificados por edicto.
Una vez notificado, debe realizar el pago de su factura.
Costo: Según el eje.
Puntos de pago: Bancos de Bogotá, Citibank,
Occidente, Tesorería del IDU.
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