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Derechos de Petición


Qué es un Derecho de Petición
Es un derecho fundamental, consagrado en el Artículo 23 de la Constitución Nacional y es un deber de obligatorio cumplimiento para la administración pública. El Derecho de Petición puede ejercerse en interés, general o particular u obrando en cumplimiento de una obligación o deber legal. También, puede tratarse del Derecho de Petición de Informaciones y del Derecho de Formulación de Consultas.

Quién puede presentarlo
Cualquier persona lo puede presentar: todo ser humano independientemente de las condiciones de sexo, edad, nacionalidad, estado civil, etc.

Cómo se debe presentar
Cuando un ciudadano hace uso del Derecho de Petición debe hacerlo en términos respetuosos; además se debe relacionar nombre y apellidos completos del peticionario, del representante legal o apoderado, si es del caso, con indicación del documento de identidad, el domicilio, firma, objeto y las razones en que apoya la solicitud. Además la relación de los documentos que se anexan, si es necesario.

En el Instituto de Desarrollo Urbano, las Quejas, Rreclamos, Sugerencia, y solicitudes son clasificadas como Derechos de Petición y se les asigna un tiempo de respuesta según su categoría.

Dónde se puede presentar
Para presentar un Derecho de Petición al IDU, la ciudadanía puede hacerlo a través de los medios:

  • Por correo o ventanilla de Radicación en la Calle 22 No 6 - 27 piso 1
  • Mediante presentación personal, Acercándose al la oficina de quejas y reclamos - piso 10
  • Vía fax: 444 3037.
  • En las líneas de atención a la ciudadanía: 338 7555 – 341 2214
  • Línea Gratuita: 01-8000-910312
  • Correo electrónico: atnciudadano@idu.gov.co

Respuesta a Derechos de Petición:
Cuando existe alguna solicitud, queja, reclamo y/o sugerencia por parte de un ciudadano, ésta es resuelta por el IDU de acuerdo con el procedimiento establecido.

La respuesta se ajusta a los términos, plazos y procedimientos establecidos en manual que reglamenta el ejercicio del Derecho de Petición al interior del Instituto, el cual puede encontrarse en el Centro de Documentación del IDU (Calle 22 No. 6-27 piso 2).

Tiempo de respuesta para los Derechos de Petición:

  • De carácter general o particular: 15 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.
  • De información: 10 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.
  • De consulta: 30 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.
  • Organismos de control: 5 días hábiles siguientes a la fecha de radicación.

Seguimiento a los Derechos de Petición
En el Instituto de Desarrollo Urbano se hace el seguimiento a todos los Derechos de Petición para que sean atendidos y resueltos dentro de los términos legales y con las condiciones de calidad para que el peticionario quede satisfecho.

El ciudadano puede hacer seguimiento a su solicitud, queja, reclamo o sugerencia, usando el mismo medio con el cual lo presentó en jornada laboral de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m.

También puede hacer seguimiento de su Derecho de Petición por medio de la pagina web. Para realizar este proceso es necesario suministrar el número de radicación oficial y año de presentación click aquí.



 
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