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Qué es un Derecho de Petición
Es un derecho fundamental,
consagrado en el Artículo 23 de la Constitución
Nacional y es un deber de obligatorio cumplimiento
para la administración pública. El Derecho
de Petición puede ejercerse en interés,
general o particular u obrando en cumplimiento de una
obligación o deber legal. También, puede
tratarse del Derecho de Petición de Informaciones
y del Derecho de Formulación de Consultas.
Quién puede presentarlo
Cualquier persona lo puede presentar: todo ser humano
independientemente
de las condiciones de sexo, edad, nacionalidad, estado
civil, etc.
Cómo se debe presentar
Cuando
un ciudadano hace uso del Derecho de Petición
debe hacerlo en términos respetuosos; además
se debe relacionar nombre y apellidos completos del peticionario,
del representante legal o apoderado, si es del caso,
con indicación del documento de identidad, el
domicilio, firma, objeto y las razones en que
apoya la solicitud. Además la relación
de los documentos que se anexan, si es necesario.
En el Instituto de Desarrollo Urbano, las Quejas, Rreclamos,
Sugerencia, y solicitudes son clasificadas como Derechos
de Petición y se les asigna un tiempo de respuesta
según su categoría.
Dónde se puede presentar
Para presentar un Derecho de Petición al IDU,
la ciudadanía puede hacerlo a través de
los medios:
- Por correo o ventanilla
de Radicación en la
Calle 22 No 6 - 27 piso 1
- Mediante
presentación personal, Acercándose
al la oficina de quejas y reclamos - piso 10
- Vía
fax: 444 3037.
- En
las líneas de atención a la
ciudadanía: 338 7555 – 341
2214
- Línea
Gratuita: 01-8000-910312
- Correo
electrónico: atnciudadano@idu.gov.co
Respuesta a Derechos de Petición:
Cuando existe alguna solicitud, queja, reclamo y/o
sugerencia por parte de un ciudadano, ésta es
resuelta por el IDU de acuerdo con el procedimiento
establecido.
La respuesta se ajusta a los términos, plazos
y procedimientos establecidos en manual que reglamenta
el ejercicio del Derecho de Petición al interior
del Instituto, el cual puede encontrarse en el Centro
de Documentación del IDU (Calle 22 No. 6-27
piso 2).
Tiempo de respuesta para los Derechos de Petición:
- De
carácter general
o particular: 15 días
hábiles siguientes a la fecha de radicación.
- De
información: 10 días hábiles
siguientes a la fecha de radicación.
- De consulta: 30
días hábiles siguientes
a la fecha de radicación.
- Organismos de control: 5 días hábiles
siguientes a la fecha de radicación.
Seguimiento a los Derechos de Petición
En el Instituto de Desarrollo Urbano se hace el seguimiento
a todos los Derechos de Petición para que sean
atendidos y resueltos dentro de los términos
legales y con las condiciones de calidad para que el
peticionario quede satisfecho.
El ciudadano puede hacer seguimiento a su solicitud,
queja, reclamo o sugerencia, usando el mismo medio
con el cual lo presentó en jornada laboral de
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:30 p.m.
También puede
hacer seguimiento de su Derecho de Petición
por medio de la pagina web. Para realizar este proceso
es necesario suministrar el número de radicación
oficial y año de presentación click
aquí.
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