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Instituto de Desarrollo Urbano

Remates Coactivos

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Requisitos para ser Postor ante el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Específicamente ante el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, el postor debe cumplir con lo siguiente:

Cualquier persona natural o jurídica que goce de capacidad legal y cumpla con los requisitos financieros puede postularse, sin embargo:

  • Si el postor actúa como apoderado o representante legal, debe acreditar su calidad en que actúa, incluyendo la facultad expresa para licitar en el poder.

  • Si es persona jurídica, el certificado de existencia y representación legal debe tener una fecha de expedición no mayor a un (01) mes. Cuando en el Certificado de Cámara de Comercio no se establezca dicha autorización para licitar, se deberá exigir el acta de la Asamblea

Presentación de la Postura de Remate

 Para participar en la diligencia de remate, es obligatorio cumplir con dos requisitos financieros esenciales, de conformidad con lo regulado en el artículo 448 y 451 del Código General del Proceso:

1. Depósito Judicial: Constituir un depósito judicial en el Banco Agrario de Colombia por el 40% del avalúo del bien.

2. Valor de la Oferta: Realizar una oferta por un valor no inferior al 70% del avalúo del bien.

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Requisitos para ser Postor ante el Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

En los términos del artículo 451 del Código General del Proceso, la presentación de posturas de remate puede realizarse dentro de los cinco (5) días anteriores al remate o durante la hora siguiente al inicio de la diligencia.

Si la oferta es presentada dentro de los cinco (5) días anteriores a la diligencia de remate, esta deberá enviarse exclusivamente a la cuenta de correo institucional de la entidad creada para tal evento en un único archivo PDF cifrado y protegido con contraseña –sobre cerrado-, esto con la finalidad de garantizar la reserva de la oferta, conforme lo exige la ley (artículo 452 del C.G.P.).

El postor solo deberá informar la contraseña al abogado ejecutor a cargo del proceso de la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales en el momento que le sea solicitada, una vez transcurrida la hora desde el inicio de la diligencia. Es responsabilidad del oferente la protección del archivo. Si el archivo no cumple con la protección de la contraseña o se encuentra dañado, no será tenido en cuenta.

Por otro lado, si la oferta es presentada durante la hora siguiente al inicio de la diligencia, esta deberá entregarse en “sobre cerrado” al abogado ejecutor de la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales del Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-., encargado del proceso.

Para todos los casos, debe tenerse en cuenta que la oferta es irrevocable.

Contenido de la Postura para Remate:

La postura debe contener la siguiente información básica:

- El número del proceso y expediente dentro del cual se llevará a cabo la diligencia de remate.

- Bien debidamente individualizado por el que se hace postura.

- Datos del postor: Nombres y apellidos, número de cédula, teléfono(s) y correo(s) electrónico(s). Si es persona jurídica, Razón Social, NIT, datos del representante legal o de su apoderado judicial cuando se actúe a través de éste.

- Cuantía de la postura: Expresada de manera clara, legible sin enmendaduras ni tachaduras, en letras y números.

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Anexos Obligatorios a la postura:

Deberá adjuntar los siguientes documentos en sobre cerrado:

  1. Copia del documento de identidad legible del postor (persona natural).

  2. Certificado de existencia y representación legal (persona jurídica) con expedición no superior a un (01) mes, y copia del documento de identificación del representante legal. Cuando en el Certificado de Cámara de Comercio no se

  3. establezca dicha autorización para licitar, se deberá anexar el acta de la Asamblea General de Accionistas, Junta de Socios o Junta Directiva que así lo autorice.

  4. Poder debidamente otorgado con facultad expresa para licitar (si actúa a través de mandatario), y copia de la tarjeta profesional del apoderado judicial.

  5. Copia del depósito judicial desmaterializado (correspondiente al 40% del avalúo).