A
continuación
nos permitimos presentarles de manera general el
Programa Obra Por Tu Lugar estructurado por el
IDU con base en el Artículo 126 de la Ley
388 de 1997, cuyo texto transcribimos a continuación:
"Cuando
una obra urbanística cuente con la aprobación
de la entidad territorial o de desarrollo urbano
correspondiente y sea solicitada por el 55% de
los propietarios de predios o de unidades habitacionales
beneficiados por la obra, o sea requerida por
la Junta de Acción Comunal, la corporación
de barrios o la entidad comunitaria que represente
los intereses ciudadanos de quienes puedan beneficiarse,
bajo el entendido y con el compromiso de que
la comunidad participe en la financiación
de la obra en un 25% por lo menos, la entidad
de desarrollo urbano podrá adelantar la
obra según el esquema de valorización
local que diseñe para tal efecto para
financiar la obra. La comunidad podrá organizarse
en Veeduría para supervisar la ejecución
de la obra que ha promovido."
En qué consiste
Obra por tu
lugar es un programa diseñado por el IDU,
para que con la participación y aprobación
de la comunidad y la administración y sin
consultas o aprobaciones distintas a éstas,
se puedan desarrollar proyectos que solucionen
problemas y/o necesidades locales de espacio público
y movilidad, los cuales serán financiados
por toda la comunidad beneficiaria mediante un
mecanismo de valorización particular y específico
diseñado por el IDU para el efecto.